11/02/2006
"Tarjeta roja a Rocío y a Juan Carlos" por Juan Mateo López

Lo de Almuñécar es triste. Triste por Rocío Palacios y por Juan Carlos Benavides, y por ese orden. Triste por aquellos que han respaldado, desde la honorabilidad de las siglas que sostienen los pilares de nuestra democracia y desde la representación institucional que ostentan, el lenguaje ruin y “verdulero”, exhibido por Rocío Palacios y Juan Carlos Benavides, al defender lo indefendible. Triste para los que mueven el molinillo para que huela más y peor.
Si en vez de dos corporativos en un pleno municipal hubieran sido dos jugadores en un campo de fútbol, el colegiado no lo habría dudado y le hubiera enseñado tarjeta roja a los dos por no saber estar.
Cuando dos jugadores se ven implicados en estas historias, no son los equipos los responsables, ni siquiera el entrenador, ni sus padres y menos los vecinos del quinto. Son ellos dos. Los dos con sus nombres y apellidos. Y debe ser así por que no es descabellada la idea de salvaguardar nuestras siglas políticas y nuestras instituciones por encima de confrontaciones inmaduras. Los que la dirigen o militan en ellas deben recordar que es un patrimonio que no les pertenece de manera exclusiva.
La sucia táctica empleada en el deporte de provocar al contrario acordándose de la familia del jugador que cubre con el objetivo de que éste le lance un mamporro, el árbitro le vea y lo expulse por su acción agresiva, es justo lo que ha ocurrido entre Palacios y Benavides.
Durante todos los años de mandato, Palacios jamás pudo con el siempre fajador Benavides, curtido en las mil batallas que genera la política orgánica de partido y la pública institucional. Benavides ha caído en la trampa que se le tiende a los novatos. Es como el campeón de Fórmula-1que jamás tuvo un accidente en pista y cuando la experiencia es su mayor virtud resulta herido de gravedad en un accidente de carretera.
A quién le haya llegado esta triste historia lejos de nuestras fronteras de la costa, seguro que se harán connotaciones que no corresponden con la realidad de quiénes son Rocío Palacios y Juan Carlos Benavides. Haría falta mucho espacio en este blog para hablar bien de Rocío y mucho más para hablar bien de Juan Carlos. Hablar de su vida pública y de su talante personal. Ya lo dijo alguien ilustre y santo, "lo que definen a las personas es su trayectoria y no los grandes hechos" o las meteduras de pata.
A Rocío sus siglas le debe mucho por el coraje demostrado, pública y orgánicamente, en los momentos más delicados de su partido e igual valoración se podría obtener de Juan Carlos por los años que ha trabajado en favor de su pueblo. Ante esta circunstancia permítanme sacarle tarjeta roja a los dos, pero sin ningún partido de sanción.
10/05/2005
Las libertades informativas en la historia constitucional y legislativa española por Juan Mateo López
La libertades de impresión, no fueron objeto de restricciones legislativas, salvo por las limitaciones derivadas de las difamaciones, calumnias e injurias de acuerdo con el derecho romano, hasta el reinado de Isabel y Fernando. Emerge como ejemplo en el periodo de la Edad Media “La Escuela de Traductores de Toledo”. Desde entonces el ejercicio de las libertades de impresión y expresión se vieron maniatadas, en mayor o menor intensidad, para salvaguardar los intereses de la Inquisición, las monarquías absolutistas y constitucionales o los regímenes políticos encarnados en las dos Repúblicas y en el régimen franquista.
Hasta que no se promulga el R. D. 2116 de 1976 de 18 de octubre que regula la aplicación de prensa e imprenta, junto con el R. D-Ley 10/1976 de 30 de julio y el R. D-Ley 24/1977 de 1 de abril que normaliza la libertad de expresión no se puede hablar de libertades democráticas en nuestro país. Unas libertades que se culminan en la Constitución de 1978.
En cualquier caso las libertades de impresión, de expresión, prensa, radio, televisión y cinematografía han ido de menos a más, con periodos de libertad que se recortaban o se reinstauraban con la promulgación de Reales Decretos, Ordenes, Leyes, Circulares y Constituciones.
Los motivos no eran otros que proteger el sistema y quién ostentaba el poder del momento. En este sentido el protagonismo se lo llevaron los reyes absolutistas con la connivencia de la Iglesia. En otras fases de la historia ese papel lo desempeñaron las débiles y deprimidas monarquías constitucionales, los intentos de instaurar nuevos sistemas políticos, repúblicas, y el régimen dictatorial.
La impresión de libros, su publicación, su importación de otros países, lo libreros y periódicos fueron la obsesión de Carlos I, Felipe II, Felipe IV, Carlos II, Felipe V, Felipe VI e incluso Carlos IV. Por cierto este monarca promulgó una resolución de 24 de febrero de 1790 por el que se prohibía los papeles periódicos exceptuando el Dario Madrid que siempre se salvó de la “quema”. También se libró este periódico en otro momento histórico junto a La Gaceta Oficial con la publicación de la Ley 2 de mayo de 1815 por la que se prohibía la publicación de prensa impresa.
Desde la Constitución de 18 de julio de 1837, fecha en la que se publica la primera Ley de Prensa que tiene como único bueno, “que los españoles pueden imprimir y publicar sus ideas sin censura previa”, hasta la Constitución de 1978, fluctúan y se combinan el espíritu progresista con el inmovilismo y la censura, y a la inversa, viéndose respaldados con un conjunto de normativas legales plasmadas en Constituciones, RD, Leyes, Ordenes y demás normativas.
Desde que Isabel y Fernando implantara la normativa por la que se eximía pagar cábalas o tasas por la introducción de libros extranjeros, hasta la promulgación del Real Decreto 2116/1976 de 18 de octubre que regulaba la aplicación de la prensa e imprenta, junto con los Reales Decretos-Leyes: 10/1976 de 30 de julio y 24/1977 de 1 de abril que normalizaba la libertad de expresión, hubo un pequeño paréntesis que brillo en la historia de las libertades en España. Fue el Decreto IX de 10 de noviembre de 1810 por el que las Cortes de Cádiz proclamaban “la libertad de escribir, imprimir y publicar las ideas políticas sin necesidad de licencia, revisión y aprobación alguna, anteriores a la publicación”
Con este Decreto quedaba establecida la libertad de prensa y suprimido los Juzgados de Imprenta y la censura civil, aunque se creaban las denominadas Juntas Supremas de Censura para salvaguardar el ejercicio abusivo de esta libertad frente a la Constitución, las leyes y la Regencia. La historia de España se encontraba con la “primera Ley de libertad de imprenta de nuestra historia legislativa”.
El buen sabor de boca que ofrecía el Decreto IX de 1810 acabó con un nuevo retroceso al promulgarse el Manifiesto de Valencia de 4 de mayo de 1814 por el que se restablecía “las disposiciones de la Novísima Recopilación” y con ello los aires absolutistas. Sucumbía el espíritu de libertad de 1812.
Como hechos históricos en cuanto a avances en las libertades, además del mencionado, sobresale el Decreto Ley 23 de octubre suscrito por Sagasta. En él se subrayó una absoluta libertad de imprenta, se suprimió la censura, cualquier requisito previo y el Juzgado Especial de Imprenta con todas sus dependencias. Se remite al Código Penal los delitos cometidos por medio de impresión.
Un año más tarde y con la Constitución de 1 de julio de 1869, se establece una verdadera libertad de expresión e información y los delitos que se cometiesen se remitía a las leyes comunes.
Como en anteriores ocasiones vuelven lo recortes de libertad de prensa. En esta ocasión por razones de guerra, 1873, con la llegada de la primera República y Castelar en el poder. En ese recorte se insta a los gobernadores civiles que los periódicos no se publiquen cuando “ se inste a la rebelión o sedición”.
Otro balón de oxígeno en cuanto a libertades se produce coincidiendo con el gobierno de Sagasta. Se aprueban 2 Decretos 14 de febrero de 1881 y 23 de diciembre de 1812 por el que se concedía indultos por los delitos de prensa.
El 23 de julio de 1883 Alfonso XII sanciona una nueva Ley de imprenta. En ella se distingue libros, folletos, periódicos, carteles etc; se eliminan las restricciones para publicación de libros; se regula el derecho de rectificación; los delitos de imprenta pasan a ser competencia del Código Penal Tribunales Ordinarios. Esta Ley subsiste con alguna otra modificación, alguna muy sustancial, según el periodo político hasta 1966, que se deroga con la conocida “ley Fraga”. Una ley que supone un cambio importante pero no se acerca a los postulados democráticos que se redactaron en el RD 2116/1976 de 18 de octubre y los RD-Leyes 10/1976 de 30 de julio y 24/1977 de 1 de abril.
El preámbulo de la “ley Fraga” es bueno pero después recorta las libertades, como se puede observar en su “artículo 2” o el establecimiento de la censura junto a un amplio “paquete” de medidas de control y vigilancia.
Posteriormente se desarrolló esta ley con otras normativas referidas al Estatuto de la Profesión Periodística, los secretos oficiales y también sobre la Radio, TV y cinematografía.
Es a partir de la aprobación de nuestra vigente Constitución de 1978 cuando las libertades informativas en la historia constitucional y legislativa española alcanza la máxima cotas de libertad.
Los Consejos de Administración RTV Públicas por Juan Mateo López
La principal causa de la politización de los Consejos de Administración de las radiotelevisiones públicas radica en que sus miembros hacen de los mismos que sean “órganos de control político al servicio de los partidos”. Los consejeros son “personas o políticos” de partido nombrados para servir a las siglas que les designaron. La normativa legal se diseñó para que los Consejos de Administración fueran órganos independientes pero “dada su ambigüedad” hace que se produzca el efecto contrario. Los Medios de Comunicación públicos adquieren el color político de quienes gobiernan y por ende controlan.
En el caso del Consejo de Administración de la Radiotelevisión Española, sus 12 miembros son elegidos por el Congreso de los Diputados y del Senado a partes iguales y atendiendo al espíritu de la Ley 4/1980 de 10 de enero del Estatuto de la Radio y Televisión, que dice que “han de ser personas de relevantes méritos profesionales”. Cuestión esta que se traduce en última instancia en personas afines a los partidos políticos que les designaron para ostentar la responsabilidad y estar de forma paralela a su servicio.
Los miembros del Consejo de Administración de las emisoras de radio y canales autonómicos son elegidos por el parlamento con la mayoría de dos tercios. Al igual que sus homólogos de la RTVE han de ser personas de relevantes méritos profesionales. Un requisito que no se cumple y que hace que se reconviertan en “representantes de partido”, perdiendo la oportunidad de convertirse para lo que fueron supuestamente creados, en órganos independientes y al margen de los intereses de siglas partidistas.
Los Consejos Asesores de la RTVE y las RTV autonómicas podrían ser una pieza clave para imprimirle a sus Entes Públicos el pluralismo que se contempla y demanda en el artículo 1.1 de la Constitución Española y en los apartados a), b) y c) de la Ley 4/1980 del Estatuto de la Radio y Televisión. Al final no funcionan o se quedan como convidados de piedra.
Los Consejos de Administración Municipales están compuestos por personas de confianza del partido representado en la corporación e incluso suelen ser los mismos concejales o tenientes de alcalde quiénes los integran. La presidencia del consejo recae en la figura del alcalde. La Junta General, máximo órgano de la RTV local coincide con el pleno del ayuntamiento.
La única normativa legal no desarrollada aún y modificada por la Ley 53/2002 de 30 de diciembre sobre las televisiones locales es la Ley 41/1995 de 22 de diciembre de Televisiones de Ondas Terrestres. Con ello centenares de emisoras de TV pasaron, tras el fallo favorable de los tribunales que sufriera la TV de Alcalá de Guadaira (TV-5), de la “alegalidad” a estar fuera de juego.
Respecto a la Radio Municipal ésta se rige por la Ley 11/1991 de 8 de abril de Organización y Control de las Emisoras de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas y por los Reales Decretos 1273/1992 de 23 de octubre y 169/1989 de 10 de febrero, así como por la normativa autonómica dictada en esta materia.
Por tanto si sus máximos gestores que son los que marcan la línea de producción y de gestión, son políticos, el producto no puede ser otro que político.
La Creación de Consejos Audiovisuales Autonómicos respaldados por un Consejo Audiovisual Estatal que le dé cobertura, garantizaría la pluralidad y liberdad informativa deseada en los Medios de Comunicación Públicos.
Todos estamos de acuerdo por Juan Mateo López
No, ninguna formación política ha cumplido del todo con sus compromisos. Y sin embargo después de no sé cuántos años reivindicando, nadie se ruboriza cuando se instrumentaliza la construcción de las autovías Bailén Motril y Nerja-Adra como arma arrojadiza para hacer bandera de siglas. Hablo de aquellos que tocaron poder, claro. Esos que estuvieron y pudieron y al final fueron presa de la mala memoria. Moralmente nadie puede levantar la mano para tirar la piedra.Granada siempre se ha acabado en el túnel de La Gorgoracha. La Costa también. Nos proclamamos en la leyenda “Motril República Independiente” porque era la única manera de seguir conservando el orgullo ante los que nos volvían las espaldas generación tras generación. Por supuesto, hubo excepciones de personas, con poder limitado y efímero, que apostaron por el sur. Su interés se generó más en su corazón y en su particular apuesta por la tierra que les vio nacer que en la redacción de un proyecto de desarrollo económico a corto y largo plazo programado y respaldado por la Administración que debía hacerlo.
Quisimos arroparnos con el nombre de Costa del Sol y los malagueños nos desahuciaron como ocupas. Nos bautizamos con “Motril kilómetro cero”. Pero con el tiempo empezamos a establecernos la posibilidad de que era un cero a la izquierda en el que acababa lo bueno que venía de levante o de poniente.
Ir hacia Almería o Málaga era toda una odisea. Había que echar mano a Biodramina para impedir que la papilla bautizara las estrechas y cerradas curvas de la CN 340.
Los kilómetros se contabilizaban por poblaciones y cuando se llegaban a ellas la carretera se convertía en la principal e intransitable arteria viaria de la localidad.
Almuñécar, Torrenueva, La Mamola, El Lance…siguen siendo un vestigio y ejemplo de la secular discriminación a la que nos han apuntado para ser los primeros de los últimos de la cola. Era y es como un vía crucis con paradas obligadas en los descoordinados semáforos, que generaban y aún se conforman kilométricas caravanas en pleno verano.
Desde principios del pasado siglo ya se reivindicaba la mejora de las infraestructuras de la Costa. La idea del ferrocarril despertaba la ilusión de comunicarnos mejor. Pero ha sido hasta hace poco cuando la demanda se ha expresado con más vehemencia apoyada, en ocasiones de manera multitudinaria por la ciudadanía.
Nombres como Enrique Cobo, Miguel López Barranco, Luis Rubiales, Carlos Rojas, Pedro Alvarez, Juan Carlos Benavides, Francisco Gijón Díaz, Manuel Pérez Cobos, Enrique Pérez, Juan Luis González, Antonio Rebollo, Julio Rodríguez, Mariano Gutiérrez, Miguel Torres, José Luis Estévez, Juan Estévez, Jesús Avelino, han pedido desde las instituciones que ostentaron con poder, la culminación de la famosa “T” invertida, que conforma la CN 323 con la CN 340.
Recuerdo a Vicente Fernández, editor y director de El Faro, su particular cruzada con las autovías. Todas las “T” de los titulares más significativos del semanario las invertía como expresión de queja. “ Y así lo seguiré haciendo hasta que se construyan”, decía en 1995. Al final los años lo ha hecho desistir de aquella forma de pedir para la tierra.
Pero ahora parece que va en serio. La esperanza se va tornando realidad. La comarca de la costa tira del carro de la economía granadina y aún puede tirar con más fuerza. Estamos condenados a entendernos y a comprender que el desarrollo económico de la comarca del litoral pasa por tener lo mismo que poseen nuestros vecinos de Almería o Málaga, unas buenas comunicaciones.
Por carretera y también por mar. La ampliación y la independencia del puerto de Motril, que es el puerto de Granada, ya no es una entelequia. “Ya se trabaja en un puerto hecho a la medida de los intereses económicos y medioambientales de nuestra tierra”, como diría Pedro Alvarez. No queremos ser la alternativa de lo que otros rechazan. Lo más importante es que las ideas las tenemos claras y son unánimes. Luis Rubiales se encargó en su etapa de primer edil y a lo largo de todo su mandato municipal de que asumiéramos esa conciencia los que estamos situados a nivel de calle.
Volvemos a repetir, queremos crecer, después de tantas generaciones pasadas. Lo bueno es que ahora todos estamos de acuerdo.
30/04/2005
"Consejo Audiovisual Estatal, Ya" por Juan Mateo López
Que España sea el único país de la Unión Europea junto a Luxemburgo que carezca de un Consejo Audiovisual Estatal, que no contemos con una “autoridad independiente” que nos represente en la EPRA donde convergen 48 estados, que nuestro Senado aprobara casi por unanimidad en 1995 una propuesta para que se creara una Comisión Audiovisual o un Defensor del Telespectador y que después retomara el Defensor del Pueblo el tema en 1996, 1997 y 1998 para que se cumpliera el acuerdo y recibiera el silencio por respuesta, sólo puede interesar a quiénes abogan por medios de comunicación de titularidad pública y de partido; a los que fomentan y se benefician de los monopolios audiovisuales; a los que recortan la libertad de expresión e información para proteger la imagen de siglas políticas; a los que abogan por una clase periodística sin conciencia deontológica; y a los que todavía creen que los medios audiovisuales sólo sirven como instrumento para conseguir o mantenerse en el poder económico o político, volviéndole las espaldas en ocasiones a la dignidad humana, a los valores de una sociedad, a los derechos fundamentales de las personas…El Consejo Audiovisual en España es necesario. En los últimos tiempos se han dado demasiados y lamentables botones de muestra de cómo funcionan la mayoría de los medios de comunicación públicos, locales, autonómicos y estatales, como para decidirnos ya a crear un organismo autónomo independiente y de ámbito estatal. Un organismo independiente de lo político y de lo económico. Por tanto ha de ser un órgano que se financie de manera directa vía impuestos. Hay que desterrar cualquier lastre de posible dependencia. Un Consejo Audiovisual Estatal que dé cobertura a los Consejos Audiovisuales Autonómicos de Cataluña, Navarra, Andalucía y a los que se vayan conformando en el futuro. Un consejo con capacidad sancionadora pero sin llegar a la censura, despolitizado, con capacidad para renovar o no licencias, de extracción parlamentaria pero no dependiente del Gobierno, un Consejo que no adopte decisiones unilaterales sin haber escuchado las demandas de la sociedad, y sobre todo que vele por el pluralismo, la libertad de información y la libre concurrencia.
Ante un conflicto de intereses entre medios y espectadores podría ser una magnífica herramienta para poner de acuerdo a las partes.
Una vez más la sociedad ha ido por delante de las leyes, de las normativas legales y de los organismos que se hacen necesarios para mejorar la calidad de la convivencia en sociedad. Nunca es tarde si al final podemos contarlo.

